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Fecha de respuesta: Lunes 02 de Julio de 2012 01:07 2012-07-02 01:07 desde IP: 187.159.136.125
No coincido con el Licenciado Ochoa... y el otro como no es licenciado ni opinión tiene.
En materia civil siempre existe la posibilidad o no de renunciar a determinados derechos. Cuando la renuncia a un derecho NO AFECTA DIRECTAMENTE AL INTERES PUBLICO, esta procede y se puede hacer.
Yo no dije que el arrendador fuera muy poderoso y que estuviera fuera de la ley.. YO TE DIJE QUE SE ASESORÓ PRIMERO, por eso su seguridad.
El hecho de que tú renuncies a estos derechos que ESPECIFICA-MENTE el arrendador te está enlistando, no van a afectar directamente al interés público, por lo tanto, a la hora de un juicio instaurado por cualquiera de las dos partes (un juicio que te costará a tí dinero, tiempo no, por que ni siquiera tienes tiempo para buscar otra casa) el juez competente le dará la razón.
Afectarían al interés público otras cosas como la esclavitud, la usura, el enriquecimiento ilícito, o que renuncies a derechos consagrados en las garantías individuales de la constitución. Eso sí !!!
Te vuelvo a decir: yo viví en Las Puentes, y conozco cómo se renta por ahi, rentan con ventaja, así son los regios, por eso son regios, allá sí circula el dinero, si el que tiene casas para rentar no sabe de contratos, va con un abogado, si a este abogado le duele una uña, va con un podólogo, si este podólogo requiere una pared de tabla-roca, va con el tabla-rroquero, y si este necesita una casa para rentar, va con el que tiene casas.... No como acá, que todos preguntan al que sabe haste que ya tienen un problemota.
En cuanto a tu última pregunta, si quieres obtener ventajas en un contrato laboral o MERCANTIL, lo primero que debes hacer es ASESORARTE con alguien como yo, que tenga cédula profesional, y que te expliqué qué si puedes y qué no puedes hacer en relación a la seguridad social que tenga que ver con un CONTRATISTA.
Suerte.
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