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AutorRespuesta No: 271785
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Junio de 2012 12:50 2012-06-21 12:50 desde IP: 189.230.41.123
El pago de las prestaciones devengadas y no cobradas, como son aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, en la prorporción de los meses que han transcurrido en el año calendario, más las prestaciones extralegales, en caso de contar con ellas..
Asimismo, si trabajo más de 15 años con su empresa, le corresponde el pago de la prima de antiguedad, equivalente a 12 días de salario por cada año trabajado.
Saludos!
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