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AutorRespuesta No: 271818
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Fecha de respuesta: Jueves 21 de Junio de 2012 17:37 2012-06-21 17:37 desde IP: 187.145.120.227
Que tal, el pago de las tenencias es una facultad que tiene la aseguradora para requerirlos de conformidad con los artículos 69 y 111 de la Ley sobre el Contrato de Seguro, pues siendo ella quien se subroga a los derechos y obligaciones del asegurado una vez pagado el siniestro, al solventar la indemnización obtiene la propiedad del automóvil, pero no significa que también debe adquirir los adeudos de tenencia u otros gravámenes que se transmitan con el bien mueble. Es decir, al ser un bien que puede garantizar deudas y del cual al ocurrir el siniestro (robo o pérdida total) la aseguradora va a obtener la propiedad, se cuida que no vaya a obtener una deuda mayor a la que paga. Esa razón, es por la cual muchas aseguradoras piden el pago de tenencias y otros documentos.
No obstante, con que justifiques que no tiene adeudos y se encuentra libre de gravámenes el vehículo, deberá ser procedente tu pago de indemnización te digan lo que te digan.
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