- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 156384
- Autor : ilianave
- Consultas en Foro: 10
- Respuestas en Foro: 3075
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 271501
-
Fecha de respuesta: Martes 19 de Junio de 2012 13:35 2012-06-19 13:35 desde IP: 189.230.178.80
Así es, el pagaré es un título autónomo y puede circular, es decir, se puede endosar en propiedad a favor de otra persona, sea física o moral.
El tenedor del título de crédito puede hacer efectiva la acción cambiaria directa y ante éste no podrán oponerse excepciones personales.
Saludos!
-
Autor





