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Fecha de respuesta: Martes 19 de Junio de 2012 16:23 2012-06-19 16:23 desde IP: 189.233.62.88
Mí estimada consultante Claudia:
Mire, conforme lo dispuesto por los artículos 308 y demás relativos y aplicables del Código de Procedimientos Civiles vigente para el Distrito Federal, que establecen que: """-Desde los escritos de demanda y contestación a la demanda y hasta diez días antes de la audiencia de pruebas, se podrá ofrecer la de confesión-""", pude usted hacerla valer dentro del término detallado.
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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