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  • Consulta : 156242
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 271598

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, para la procedencia de una demanda de daño moral, tendría que haber una afectación en los sentimientos, decoro, imagen, etc., de los familiares, derivada de una conducta de la empresa de seguros. De su narrativa, podría entenderse que si hubo un daño moral, pero ¿cómo probar ello?, ¿cómo trasciende esta conducta en los familiares?

    En nuestra opinión profesional, para determinar un daño, sea derivado de la responsabilidad civil o daño moral, tienen que probarse la conducta ilicita y, a partir de ello, demandar a la responsable. Para una asesoria más especializada, consulte un abogado especialista en seguros y con base en ello, se pueda determinar la procedencia de la demanda.