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  • Consulta : 156169
  • Autor : peñayasociados
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  • peñayasociados
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    ESTOY EN DESACUERDO CON LA OPINION ANTERIOR, por lo siguiente que expondre:

    1ro. tu señor padre, si son mayores de edad-  si les puede demandar los alimentos.los derechos y obligaciones

    tienen la caracteristica de la bilateralidad, quiere decir que el podra exigirles alimentos a ustedes, asi como ustedes pudieron haberlo hecho en su momento, o lo hicieron, ahora bien, que el viva con otra persona y haya cometido adulterio comprobado esa situacion le dió o le da un derecho a tu mama para que sea ella quien se lo manifieste al juzgado, obtenga su divorcio y le pida al juez que lo nombre conyuge culpable por haber cometido el adulterio. una vez y que se le nombrase conyuge culpable, le retiraran ciertos derechos por habrer incumplido con las obligaciones para con ustedes, sin embargo la situacion es QUE TU SEÑORA MADRE NO HA QUERIDO HACER VALER SU DERECHO.

    en conclusion si les puede demandar los alimentos.

    sin mas por el momento saludos