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  • Consulta : 155843
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 271008

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si le llegaron requerimienrtos de la Secretaría de Finanzas, sobre el pago del Impuesto Sobre Tenecia o uso de vehículos de un carro que vendió, debe demandar la nulidad de ese requerimiento ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, exhibiendo la carta de liberación de responsabilidades, contrato de compraventa y copia de la credencial de lelector del comprador, manifestando que se lo vendió, con ello obtendrá la nulidad lisa y llana del requerimiento, pero cuenta o contaba con 15 días para hacerlo.