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AutorRespuesta No: 270975
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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Junio de 2012 18:47 2012-06-14 18:47 desde IP: 201.141.38.204
A mi me parece que sí, ya que el actuario deberá fundar (lo que nunca podrá hacer) el por qué embargó tres veces el monto de la suerte principal, ¿Qué artículo y de que Ley lo faculta para embargar tres veces el monto de la suerte principal? agravio más que suficiente para tumbar cualquier sentencia.
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