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Fecha de respuesta: Jueves 14 de Junio de 2012 19:34 2012-06-14 19:34 desde IP: 187.194.40.53
ni se ha cometido una injusticia... ni una violacion... ni nada... los laudos prescriben a los dos años de no haber sido ejecutados...
articulo 516 y siguientes d ela ley de amparo...
si pidio el amparo antes de que venciera el termino... no hay problema... si no... ya perdiste todo... NO HAY NADA QUE HACER....
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