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  • Consulta : 155717
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 270985

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    ni se ha cometido una injusticia... ni una violacion... ni nada... los  laudos prescriben a los dos años de no haber sido ejecutados...

    articulo 516 y siguientes d ela ley de amparo...

    si pidio el amparo antes de que venciera el termino... no hay problema... si no... ya perdiste todo... NO HAY NADA QUE HACER....