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  • Consulta : 155566
  • Autor : abogado alex
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  • Autor
    Respuesta No: 270783

  • abogado alex
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    es incorrecto lo manifestado por garovalo, ya que la ley no permite este tipo de situaciones ya que es un derecho que la ley obliga al patron a respetarlo por que es necesario con la finalidad de que el trabajador repongo fuerzas. asi tambien lo mismo sucede con el aguinaldo la ley es muy caro tiene un tiempo en que se debe de pagar y si ase pagos cada quincene respecto a esas dos prestaciones solo debe considerarse como pago extra o aluna otra prestacion pero no por aguinaldo y vacaciones ni prima vacacional, te dejo mi cel 5514748893 para una mejor asesoria o mayor informacion, y se puede proceder contra la empresa ya que es una causa de recision del contrato imables para el patron.