Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 155163
  • Autor : ABOGADALUZ
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 110
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario:
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6726
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 270414

  • ABOGADALUZ
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Buen día.

     

    La diligencia esta afectada de nulidad, tramita un certificado de propiedad, para comprobarle al juez que el inmueble que se embargo no es propiedad del deudor, manifestando que el actuario se equivoco y solicitale de nueva cuenta autorice e l embargo de bienes.

     

    Suerte

     

    Abogadaluz