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  • Consulta : 154863
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 270116

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Si es verdad, le pueden expropiar por causa de utilidad pública y mediante indemnización. Preséntese de inmediato a la Secretaría de Finanzas a declarar voluntariamente el impuesto predial con valor comercial, pagará un impuesto mucho mayor pero es la única forma en que podrá reclamar una indemnización real de su patrimonio.