- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 154720
- Autor : mayo9518
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 7
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6726
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 271148
-
Fecha de respuesta: Viernes 15 de Junio de 2012 17:38 2012-06-15 17:38 desde IP: 189.203.203.137
Buena tarde
En relación a la consulta realizada, y por o narrado tenemos lo siguiente:
1.- Una orden de verificacion aplicada a un vehículo americano, y una posible averigacion previa.
2.- El vehículo el MP, lo puso a disposicion de la Aduana, dada la competencia de esta en mercancía materia de comercio exterior, está a su vez decreto un embargo precautorio sobre el vehículo americano.
3.- Se inició y notificó de un acta de PAMA, se otorgaron 10 dias de pruebas y alegatos, pudo o no existir una contestación que usted formulo.
4.- Hay una resolución determinante de un crédito o multa derivado derivado del PAMA, y ya fue notificado.
Es correcto ¡?¡?
Bueno, si es así, pues tenemos 45 días a partir de la notificación, para ocurrir vía recurso de revocación, para que se declare y deje sin efectos el crédito ó multa impuesta, y solicitar la devolución del vehículo.
Quedo a la orden
para cualquier información
Att. lic. Marco Mirón.
mironantonio1 a r r o b a c a l i e n t e c o r r e o .c o m
saludos
-
Autor





