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  • Consulta : 154304
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 269815

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sí es cierto, si los demandados o demandado no se encuentra o encuentran al momento del exequendo, se deja citatorio para el día siguiente o el día y hora que señale el actuario o ejecutor, y entonces se procede al embargo y posterior emplazamiento con quien se encuentre en el domicilio que sea mayor de edad. Que no le vengancon el cuento de que en caso de insolvencia procede la querella por fraude. Si Usted prestó dinero sin verificar la solvencia de los deudores no hay engaño ni fraude alguno.