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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Junio de 2012 20:22 2012-06-04 20:22 desde IP: 201.110.53.177
Omar, siguiendo el juego de la hipotesis fantasiosa que planteas; considero que lo conducente sería que el señor A no hiciera absolutamente nada pues nuna firmó absolutamente nada; mucho menos de tal ficción se observa que el señor A hubiese firmado algun tipo de titulo menos aún ejecutivo; por otro lado, en el supuesto caso de que ya inclusive al señor A le estuviesen embarando bienes y por cualquier razon se entera de ello, indudablemente procede un juicio de amparo indirecto, ya que si bien se supone que figura como parte en el juicio, lo cierto sería que el señor A no sería sabedor del mismo, ya que la notificación que comentas "por estrados", que mas bien debiera ser por edictos, no hace indudable que el señor A hubiese sido enterado del proceso, esto pese a que la notificación por estrados y/o por edictos sean formas de notificación previstas por la Ley, ya que las notificaciones por edictos o estrados o boletín son de caracter presuntivas mas no indudables como lo es el emplazamiento y/o notificación personal; la casuistica legal no es lo mismo que la verdad real y humana; ahora bien, para el caso que exista el embargo de marras, tendriamos que ver si el señor A es realmente el propietario del inmueble o mueble embarado, y si no es el propietario, procede el amparo indirecto quejandose el propietario de los bienes embargados sobre bienes de su propiedad; un amparo de Kinder que se gana siempre, y se ordena respetar la propiedad y poseción de quien SÍ es propietario de la cosa.
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