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AutorRespuesta No: 269543
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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Junio de 2012 11:32 2012-06-04 11:32 desde IP: 187.141.24.113
Hola Buenos Días
En relación a su respuesta, eso depende, ya que el delito de usuparción de funciones pública o de profesión se tipifica (entra como delito) cuando la conducta que presenta la persona es EN RAZÓN DE REALIZAR ACCIONES PROPIAS DE LA PROFESIÓN QUE ESTA USURPANDO, esto es, además de ostentarse, tiene que HACER FUNCIONES DE LA PROFESIÓN que esta, redundo, usurpando.
En relación al delito de uso de documento falso, este se da cuando el activo (la persona que comete el hecho delictuoso) muestra o se acredita con un documento que esta alterado o aporta datos falsos sobre su persona.
Saludos
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