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  • Consulta : 153863
  • Autor : ilianave
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  • Autor
    Respuesta No: 269343

  • ilianave
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El haber tenido una riña o discusión con una compañera de trabajo, puede dar origen a la rescisión de la relación laboral, de conformidad con lo previsto en artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo.

    Para ello, tienen que notificarle dicho aviso de rescisión o de lo contrario se considera un despido injustificado.

    La cuenta sobre las prestaciones que te deben pagar, en caso de que decidas continuar y no llegar a un arreglo con la parte patronal, te la pueden hacer en la Procuraduría del Trabajo de tu Estado.

    Para ello requieres informar sobre el monto de tu sueldo, como de todas las prestaciones legales y extralegales a que tenías derecho.

    Finalmente si continuas con la demanda, puedes tardar muchos años para obtener el pago y finalmente, cualquier juicio se puede ganar o perder.

    Pide el cálculo en la Procuraduría y trata de llegar a un acuerdo, pero en un acuerdo NUNCA obtendrás el total de las prestaciones que te corresponden, pues ambas partes tienen que ceder en algo...

    Suerte!