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Fecha de respuesta: Viernes 01 de Junio de 2012 17:43 2012-06-01 17:43 desde IP: 189.179.227.25
Si efectivamente la dación estuvo anterior y/o incluso el gravamen fue anterior a la inscripcion del embargo que realizaron, no funcionará la vía penal tampoco, lo mejor será ejercer la acción cambiaria contra del deudor y buscar mas bienes.
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