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  • Consulta : 153616
  • Autor : abogado alex
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  • Autor
    Respuesta No: 269160

  • abogado alex
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    si se puede cobrar y se cobran hasta el dia en que el fallecio, pero se tiene que interponer un incedente especial para que las nombren beneficiaras y no importa que no estuviera casado la concubina tambien tiene derecho, te dejo mi cel 5514748893 para una mejor asesoria o amyor informacion.