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Fecha de respuesta: Lunes 28 de Mayo de 2012 19:13 2012-05-28 19:13 desde IP: 187.149.150.174
Usted debió proceder conforme a la ley en su momento. Ratificando la renuncia ante la Junta de Conciliación y Arbitraje, ya que si no fue ratificada, carece de valor probatorio pleno. Por lo que después ya podría ser tarde para hacerlo o alegarlo en su defensa. Pues podría impugnarse la validéz de la renuncia y si lo llegan a demandar por despido injustificado y el trabajador decide darle curso a la demanda, es muy probable que usted la pierda, porque la presunción del despido injustificado siempre es a favor de éste y porque usted está obligado a probar que ¡NO HUBO DESPIDO!
En la demanda le pueden reclamar entre otras las siguientes prestaciones:
Indemnización constitucional de 3 meses de salario diario integrado.
Prima de antigüedad de 12 días de salario ordinario por año (Y/o su parte proporcional). Sin exceder el doble del salario mínimo vigente en la zona económica correspondiente.
Más parte proporcional de vacaciones y prima vacacional y posibles adeudos existentes por este concepto en un año (cuantificados en base al salario diario ordinario).
Más parte proporcional del aguinaldo y posibles adeudos existentes por este concepto en un año (cuantificados en base al salario diario ordinarioMás parte proporcional del reparto de utilidades (En caso de que hubieran utilidades, pagadera en el mes de mayo del año fiscal próximo).
Más posibles adeudos existentes por concepto de salarios devengados.
Más posibles adeudos existentes por concepto de horas extras.
Más posibles adeudos existentes por concepto de días de descanso o descanso obligatorio laborados.
Más adeudos por concepto de salarios caídos que se generen hasta el cumplimiento del laudo (los juicios laborales no suelen ser cortos, por lo que el pago por esté concepto frecuentemente suele ser cuantioso).
Más adeudos por otras prestaciones extralegales, que pudieran estar establecidas en el contrato laboral.
Le sugiero que se haga asesorar de un ABOGADO ESPECIALISTA EN DERECHO LABORAL, que se entreviste con usted personalmente, para que estudie su caso y teniendo a la vista las pruebas con que pueda contar, valore las posibilidades de defensa y estrategias a seguir.
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