- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 152906
- Autor : Primus Tribunus
- Consultas en Foro: 14
- Respuestas en Foro: 2384
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 22 % -
: 77 %
-
AutorRespuesta No: 268484
-
Fecha de respuesta: Domingo 27 de Mayo de 2012 15:27 2012-05-27 15:27 desde IP: 189.178.225.22
bruss54:
Desahogaré su consulta después de las siguientes breves reflexiones:
El forista TOCA1968 es un antiguo juez penal y civil del Distrito Federal, por lo que me asombra que en las respuestas que ha formulado en los últimos días se dedique a copiar y pegar jurisprudencia y textos legislativos cuya lectura en nada benefician a los consultantes, y eso lo hace en vez de emplear un lenguaje sencillo y claro que sea de fácil comprensión, sobre todo en casos como en el de usted, en el que se adivina que usted es un abogado.
En fin, para omitir conductas como la criticada de TOCA1968, le hago notar a usted que el embargo de perecederos conlleva el riesgo de pérdida total del producto y consecuente responsabilidad para el depositario, pero tambiénexiste una figura jurídica que resuelve completamente su problema, y que es la designación de un
INTERVENTOR CON CARGO A LA CAJA,
que obligatoriamente debe ser contador titulado y con cédula profesional, quien se convertirá en un verdadero administrador del negocio y a quien el embargado le debe pagar sus honorarios.
Desde luego que usted pudiera contratar a un profesional de la contabilidad, pero tal vez le resulte más práctico designar como interventor a algunode los autorizados por el Tribunal y que figuran en las listas respectivas.
Por mi parte, cuando embragué a la UNAM, contraté a un contador público que designé en el momento de la diligencia de embargo, solicitando allí mismo que se le tomara la protesta y se le pusiera en poseción del cargo, y habiéndolo hecho, el interventor requirió se pusiera a su disposición la contabilidad, todas las chequera, etc... y no habiéndolo hecho así la UNAM, solicitamos (los dos) que la autoridad jurisdiccional (Junta Federal) ordenara a todos y cada uno e los bancos que se abstuvieran de pagar cheque alguno porque su expedición carecía de la autorización del interventor. Los abogados de la UNAM lloraron (sin exagerar) porque ni la nómina podrían pagar, y de inmediato pagaron lo reclamado.
Y conste que de mi parte nunca me he jactado de ser juez o de haberlo sido, porque si lo hiciera, estaría todavía más obligado a responder tan correctamente tal y como lo acabo de hacer....
-
Autor





