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  • Consulta : 152615
  • Autor : OGRO
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  • Autor
    Respuesta No: 268165

  • OGRO
    ABOGADO LABORAL


    (Visita mi oficina)

    Saludos

    Lamentablemente, el IMSS como Organismo Publico del Gobierno Federal, también recibe indicaciones generales o directrices sobre el trato hacia los derechohabientes para efecto de ahorrar recursos, por tanto, no resulta raro que dicho ente a travez de sus medicos, minimice los padecimientos o incapacidades.

    En los hechos, y en primer término, si puede el Instituto determinar el grado de incapacidad que le parezca y dar de alta al paciente, sin embargo, existen dos formas de impugnar dicha determinación, una es a travez del recurso de impugnación ante el propio Instituto, la cual no es muy recomendable, ya que serán los propios peritos de dicho Instituto quienes volverán a determinar sobre el grado de incapacidad, con la parcialidad previamente mencionada; la otra es demandar el reconocimiento de la incapacidad permanente parcial o total para desempeñar las funciones que venía desempeñando el trabajador, esto ante la Junta Federeral de Conciliación y Arbitraje, donde el trabajador designa y paga su perito o la Junta le Designa uno Oficial.

    En  su centro de trabajo tal vez entiendan su limitación, si lo hacen, tal vez lo reubiquen en otro puesto y funciones, si no lo hacen, tal vez lo despidan, lo cual sería motivo de otro juicio con motivo de dicho despido, en el cual, tendría que demostrar el patrón el motivo del despido.