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  • Consulta : 152588
  • Autor : garovalo
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    Respuesta No: 268366

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    el daño ya esta hecho... si hay o no hay delito... eso es parte de la indagatoria....la renuncia.. no corta la responsabilidad penal...

    puden iniciar la acciòn de rescisiòn de la relaciòn de trabajo... al efecto de ya no perder el tiempo en promesas patronales... toda vez que cambiaron las condiciones del trabajo... la procuraduria de la defensa del trabajo... sabra que hacer en este caso...

    la demanda laboral... no para la acciòn penal... solo que asì se asiente en el convenio... tu abogado  laboral te explica....