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Fecha de respuesta: Lunes 04 de Junio de 2012 11:14 2012-06-04 11:14 desde IP: 189.200.114.215
perdon se me fue el enter y se mando larespuesta antes de concluir
Repito no requiere de un permiso de legal estancia si el apoderado es un MEXICANO. Si el apoderado fuere extranjero ahi si necesitará de la legal estancia de dicho apoderado.
Esos requisitos son los que se exigen cuando si EL estuviere en México y se pretende casar. Si él esta en el Extranjero y se casará por PODER no requiere que éste acredite legal estancia por logica.
Asi que comparezca directamente con el Delegado Regional y exponga su caso. De insistir con su absurda idea, llame al INM en el DF cuyos telefonos estan en la web, y hable a la direccion Juridica y exponga nuevamente el caso.
Verá que le daran la razón.
De no ser así, que se lo den por escrito y agote usted ante el TRIBUNAL Federal de Justicia Fiscal y Administrativa lo necesario en cumplimiento a lo dispuesto por el articulo 52 del codigo civil del Estado.
Saludos
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