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Fecha de respuesta: Martes 22 de Mayo de 2012 21:27 2012-05-22 21:27 desde IP: 187.194.40.53
BUENAS NOCHES:
No dices lo importante.
Si ya eres dueña y adjudicataria del bien, si hubo juicio o es o fue testamento.
Cuando reclames la acciòn reivindicatoria, no reconozcas nunca y por ninguna cusa que tienen mas de cinco años, no les cobres nada, pero sacalos, porque si dicen que tienen 20 años y lo demuestran, ya perdiste tu propiedad, tu abogado te die que hacer y porque la puedes perder.
Saludos a los Colegas participantes de esta Consulta.
JUAN MANUEL GARCIA ROMERO y COSS.
ABOGADO
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
Kokoduro1
arroba
h o t
m a i l
punto
c o m
Espero sus correos, le daré respuesta a todos.
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