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AutorRespuesta No: 267633
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Fecha de respuesta: Lunes 21 de Mayo de 2012 21:10 2012-05-21 21:10 desde IP: 189.228.129.214
Lo que pasa es que el consultante habla de una orden de aprehensión lo cuál conlleva a pensar que es un asunto Jurisdiccional, y por ello el comentario que refieres, pero en efecto, en caso de delito no grave desde la etapa de averiguación previa se solicita la caución y no es necesario el Jucio de Amparo, por lo menos no para los efectos de la Suspensión, sin soslayar que si deseas atacar el fondo del asunto, entonces si puedes enderezar el Juicio Constitucional.
Saludos
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