Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 152058
  • Autor : TANGO210
  • Consultas en Foro: 15
  • Respuestas en Foro: 1327
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 5569
  • : 50 %
  • : 50 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 267633

  • TANGO210
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Lo que pasa es que el consultante habla de una orden de aprehensión lo cuál conlleva a pensar que es un asunto Jurisdiccional, y por ello el comentario que refieres, pero en efecto, en caso de delito no grave desde la etapa de averiguación previa se solicita la caución y no es necesario el Jucio de Amparo, por lo menos no para los efectos de la Suspensión, sin soslayar que si deseas atacar el fondo del asunto, entonces si puedes enderezar el Juicio Constitucional.

    Saludos