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Fecha de respuesta: Domingo 20 de Mayo de 2012 18:46 2012-05-20 18:46 desde IP: 187.159.232.22
No creo, habría qué checar la legislación vigente en el estuche, y orita no tengo acceso o no la tienen en sus páginas disponibles, pero casi en todos lados la preliberación se da:
- por algunos delitos que la misma ley de extinción de penas y demas reglamentos señalen. Robo en pandilla es grave.
- siempre que se han cumplido dos terceras partes de la condena, no la mitad, y que haya observado readaptación, cuente con certificados, etc, pero no con un castigo de 3 meses... pues qué hizo? ahi viene en el reglamento del Centro de Reclusión, el cual le dieron el día que entró, y si no reclamale a las autoridades por qué no se lo dieron.
Acude con el licenciado que defendió a tu esposo en el proceso, o con el defensor de oficio para que los oriente.
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