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  • Consulta : 151880
  • Autor : Cuaresmen
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  • Autor
    Respuesta No: 267540

  • Cuaresmen
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    No creo, habría qué checar la legislación vigente en el estuche, y orita no tengo acceso o no la tienen en sus páginas disponibles, pero casi en todos lados la preliberación se da:

    - por algunos delitos que la misma ley de extinción de penas y demas reglamentos señalen.  Robo en pandilla es grave.

    - siempre que se han cumplido dos terceras partes de la condena, no la mitad, y que haya observado readaptación, cuente con certificados, etc, pero no con un castigo de 3 meses... pues qué hizo?  ahi viene en el reglamento del Centro de Reclusión, el cual le dieron el día que entró, y si no reclamale a las autoridades por qué no se lo dieron.

    Acude con el licenciado que defendió a tu esposo en el proceso, o con el defensor de oficio para que los oriente.