- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 151820
- Autor : TANGO210
- Consultas en Foro: 15
- Respuestas en Foro: 1327
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5562
-
: 50 % -
: 50 %
-
AutorRespuesta No: 267290
-
Fecha de respuesta: Sábado 19 de Mayo de 2012 20:41 2012-05-19 20:41 desde IP: 189.228.79.36
Es improcedente el Juicio de Amparo Directo cuando no Interpones la Apelación porque se considera un acto consentido, solo en el caso de que el mp si apele y el reo no, y en la Resolución de Alzada se agrave la situación del justiciable, es como procedería el Jucio de Garantías Uniinstancial.
El principio de difinitividad que mencionas descanza sobre la fracción XIII, pero en el caso que mencionas se aplica la fracción XI, al considerar que el quejoso consintió el acto al no interponer el Recurso que la ley le concedia.
Saludos
-
Autor





