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  • Consulta : 151819
  • Autor : ABOMAU68
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  • Autor
    Respuesta No: 267522

  • ABOMAU68
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    tlamatinime

    Tal y como lo refiere el forsita que me antecede, para darle formialidad y seriedad a la operacion de compraventa debe ser a traves de Notario Publico celebrando un contrato de promesa de COMPRA-VENTA.

    Agrego a mi primer respuesta, el hecho de que tambien el juicio sucesorio de la señora madre del vendedor debe tramitarse a la par del juicio sucesorio testamentario del padre hasta la segunda seccion de ambos juicios INVENTARIOS Y AVALUOS, lo anterior para que no tengan contratiempo alguno, una vez que el heredero manifieste por escrito a los jueces que se desiste de la prosecucion del juicio y señale la Notaria Publica a la que desea se remitan los expedientes, el Notario Publico antes de otorgar la escritura correspodiente hara un estudio pormenorizado de ambos expedientes a efecto de verificar de que estos se hayan tramitado adecuadamente desde el inicio.

    El tramite de un juicio sucesorio sea testamentario o intestamentario hasta la segunda seccion  y siendo heredero unico y no exista controversia alguna respecto del inmueble en cuestion no debe tardar mas alla de seis meses.

    Le reitero asistase de abogado de su confianza para que le guie y le oriente e todo el proceso de compraventa, quiere un buen abogado en materia de sucesiones  pregunte en la Notaria de su preferencia y pida le recomienden alguno.

    Saludos.

    Saludos.