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  • Consulta : 151618
  • Autor : ulloa88
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  • Autor
    Respuesta No: 266962

  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Coincido plenamente con cuaresmen, y a manera solo de abonar a lo ya dicho por él (Saludos) diré que a partir del 01 de septiembre de 2007, se volvio OBLIGATORIO para todos los registros civiles del pais, registrar UNICAMENTE a aquellos bebes con certificado unico de nacimiento y se manejan en la ley de salud las posibles opciones para cuando alguien da a luz en un baldio sin ayuda de nadie, o a bordo de una ambulancia o de un taxi, o sola en su casa.

    Se contempla, la posibilidad de obtener ese documento sin el no será posible registrar.

    Aunque pudiere ser facil decir en el hospital que la reclusa se llama como la cuñada y asi registrarlo ... mi sugerencia es NOOO. Que lo registre la madre biologica y lleven el juicio de adopcion plena, pues el dia de mañana si ella se arrepiente, podrá llevar a cabo un juicio para acreditar que ella es la madre y acusarle a usted por uso de documento falso, falsos informes rendidos ante autoridad, delitos contra la filiacion y otros.

    Por ello, mejor que registre la madre... luego que ella concienta en la adopcion y listo... de esa forma todo es legal y si ella se arrepiente legalmente no podra perjudicar a la cuñada.

    Saludos