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  • Consulta : 151493
  • Autor : acontreras0106
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  • Autor
    Respuesta No: 266990

  • acontreras0106
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Primero que nada debe tener claro que se trata de dos procesos que tienen una naturaleza totalmente diferetne, el juicio penal que es el sancionar conductas ilicitas y que constituyen delitos, siguiendo diversas etapas procesales, y otra el juicio de amparo, que es un mecanismo de control constitucional por la actuación de las autoridades, en el caso suyo, el juez penal, al considerar que al ordenas la reaprhensión de su papá actúa ilegalmente.

    En el juicio penal: Cuando una persona solcita su libertad provisional bajo caución debe obtener dos tipos de fianzas: 1) Garantizar el cumplimiento de las obligaciones procesales, en el caso, el asistir a firmar al juzgado, comparecer cuando sea requerido, etc, 2) Garantizar la reperación del daño, en este caso de ser declarado culpable mediante sentencia se hace efectiva la fianza en favor del ordendido. como en el caso no cumplió al asistir al juzgado a firmar, el juez dicta un acuerdo en el que se ORDENA LA REAPREHENSIÓN y se hace efectiva la fianza, en el caso si ya lo detuvieron tendrá que seguir el proceso en el interior del penal hasta que se dicte la sentencia.

    Puede promover nuevamente la solicitud de libertad caucional y se le fije nuevamente una fianza, por lo que debe sensibilizar al juez de su situación y exponer en el escrito los  motivos por lo que dejo de asistir, debe presentar su promoción y esperar la respuesta, pero con toda seguridad el Ministerio Público se negará a que se la den, ya que existió el incumplimiento de su papá y que fue motivo de la orden de reaprehensión, pero no pirden nada con intentarlo.

    En el Amparo: El juicio de amparo sirve para controlar la actuación de las autoridades, en todo juicio de amparo se puede solicitar la suspensión del acto, es decir, en el mismo juicio se estudian dos cosas: 1) el acto de fondo, que dio origen a la promoción del amparo y que se considera fue ilegal, y 2) los efectos inmediatos del acto mediante el estudio de la suspensión a través de un incidente

    En el caso, a su papá le dieron la suspensión definitiva del acto porque está íntimamente relacionada con el fondo, o sea, el determinar si el Juez de Amparo lo revocó legalmente esa libertad provisonal, pero como le comentó su abogado, con to toda seguridad se le negarán el amparo ya que el juez sí tuvo motivo para hacerlo (fondo), por lo de la fianza ésta es solo un requisito para que le den la suspensión del acto a través del incidente, lo que quiere decir que la orden seguirá suspendida hasta que se dicte sentencia de fondo en el amparo..