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  • Consulta : 151385
  • Autor : Primus Tribunus
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  • Autor
    Respuesta No: 266721

  • Primus Tribunus
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    sistemas:

    Haga caso omiso de respuestas formuladas por personas que evidencian desconocimiento del derecho así como falta de experiencia enel ejercicio delmismo, tal como la primer respuesta que usted recibió.

    En efecto, basta tener dos dedos de frente y usar la cabeza para pensar y no solamente para peinársela (yo no me peino porque en la peluquería dicen que me corto el cabello con "casquete al rape"), para percatarse que el adeudo que provocó el embargo debe de ser un adeudo fiscal, y que es probable que se trate de un adeudo por falta de pago de impuesto de tenecias locales o algún otro impuesto que puede ser incluso federal.

    Entonces lo que usted debe hacer es informarse qué dependencia etc... practicó el embargo, y acudir ante ella para pagar el adeudo, pues al comprar el automóvil usted lo adquirió con todo y las obligaciones derivadas de la propiedad, de tal manera que eso de interponer una "tercería de dominio" es una completa tontería pues carece de fundamento legal alguno...