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  • Consulta : 151261
  • Autor : 098nairda
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  • Autor
    Respuesta No: 266592

  • 098nairda
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    BUEN DÍA.

    Como estan casados y el niño es de él, aunque no lo reconozca, lo debe registrar con el apellido del señor. No es necesaria la presencia del padre, solo el acta de alumbramiento, dos testigos y el pago de derechos del acta.

    Si no mal recuerdo, tendrá que mencionar si es o no casada y con quien, por lo tanto, si suprime esta información, cometeria el delito contra el estado civil de las personas, artículo 212 del Código Penal del Edo. Méx.

    PARA CUALQUIER DUDA O ACLARACIÓN, ME PONGO A SUS ÓRDENES.

    LIC. ISRAEL JUÁREZ.

    E-MAIL: israel-abogado ARROBA h o t m a i l . c  om  y  asesoria-juridico-legal ARROBA h o t m a i l . c o m

    CEL: 044 55 28 62 68 46.