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AutorRespuesta No: 266901
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Fecha de respuesta: Viernes 18 de Mayo de 2012 10:12 2012-05-18 10:12 desde IP: 189.221.229.152
Gracias abogado Garovalo por la dedicación y seriedad que se tomó en responder mi duda. Me pareció una respuesta muy lógica de su parte, utlizando las palabras idóneas. Igualmente a los dos abogados que también respondieron.
Ahora bien, otra duda que me llega es precisamente referente al tema del sistema acusatorio adversarial, ya que por lo que hace a mi entidad federativa es cuestión de unos meses para que entre en vigor. A lo que quiero llegar con esto es ¿ en comparación con el sistema tradicional que tanto pudiera cambiar la formación de un lic. en derecho que quiere dedicarse al área penal en éste sistema?
Lo digo por lo siguiente:
Todos empezarán de cero (tanto M.P como defensa)
Ya no habrá una av. previa en la que se maneje todo de manera confidencial y en la que el M.P actúe como autoridad recabando pruebas que sean las que mayormente termimen fundando las sentencias.
Es decir, al haber ya igualdad entre las partes para sostener acusación y defensa ante el juez en audiencia pública (con sus marcadas excepciones).
Y por otro lado, en lo que respecta a mi entidad federativa tengo conocimiento que a la defensoría pública se le está dando mucho énfasis en cuanto a la preparación, incluso más que a la Procuraduria General de Justicia.
¿Cree que en ese sentido se pudiera prescindir de una etapa de formación en el M.P ?
Saludos!!
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