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Fecha de respuesta: Lunes 14 de Mayo de 2012 22:40 2012-05-14 22:40 desde IP: 189.134.47.93
Distinguido Consultante
Con la poca información que refieres, no procede el arraigo, pues solo tratándose de delitos de delincuencia organizada, podrá decretar el arraigo de una persona, con las modalidades de lugar y tiempo que la ley señale, sin que pueda exceder de cuarenta días.
En mi punto de vista se requiere saber mas nformacion y la entidad donde se encuentra arraigado
En caso de duda quedo a la espera de su contacto
Cordialmente
Talento, pasión y trabajo
Lic José Juan Aguilera
TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)
al 044 55 20 66 82 81
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