Tradicional Foro de consultas


   

 
Buscar respuesta No.:

  • Consulta : 150853
  • Autor : tuamigoabogado
  • Consultas en Foro: 0
  • Respuestas en Foro: 1627
  • Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
  • Cafes:
  • Visitas a mi oficina: 6889
  • : 0 %
  • : 0 %
Recomienda esta respuesta a un amigo
  • Autor
    Respuesta No: 266383

  • tuamigoabogado
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Distinguido Consultante

    No se espante el robo debio ser muy especializado y difícil de acreditar, por que lo primero que hacen las empresas es denunciar, la acción de su pareja es único y no se le traslada a usted la responsabilidad  del hecho criminal

    La conducta del encubrimiento de su pareja tiene por acreditada la excusa absolutoria, es decir que la ley le permite encubrirla

    la existencia de una una unión de pareja, cultivada mediante la convivencia frecuente y recíproca que fortalezca dicha unión de modo que genere, entre las personas involucradas, a través de un proceso psicológico, un lazo de consolidación tal que justifique el proceder de cualesquiera de ellas al proporcionar apoyo y/o protección incondicional a la diversa de la comisión de otro ilícito, con el objeto de impedir que ésta sea descubierta, tiene una causa justificadora denominada excusa absolutoria

    En caso de duda quedo a la espera de su contacto

    Cordialmente

    Talento, pasión y trabajo

    Tu amigo abogado

    TEL. 13 26 15 38 (Méx. D.F.)

    al 044 55 20 66 82 81

    tuamigoabogado arroba y a h o o. com. mx