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Fecha de respuesta: Miércoles 23 de Mayo de 2012 10:03 2012-05-23 10:03 desde IP: 189.200.114.215
Si chaguis... usted necesita llevar a cabo una rectificación de acta para acreditar que en su vida ordinaria usted ha utilizado una fecha distinta a la que se asentó en su documento o acta de nacimiento y necesita ajustarlo a su realidad social. Solo eso.
Porque no es una aclaración como señala el colega Jorge morales? Una aclaración procede cuando ha errores ortograficos o mecanograficos QUE NO AFECTEN LOS DATOS ESENCIALES DEL ACTA. Asi entonces si alguien tiene HERNANDES y necesita se le cambie a HERNANDEZ esto es la S por la Z, si es una aclaración pues su cambio no afecta en lo mas minimo los datos esenciales de ella y se deduce de un error mecanografico o de dedo que se le puso hernandes y no hernandez. Pero cambiar de 15 a 16 ES UN DATO ESENCIAL ... motivo por el cual lo enviarán a la via Judicial a realizar el cambio referido, por mucho que usted argulla que el Registro Civil se equivoco y asentó una fecha distinta. Se trata de un documento público realizado por funcionario que esta dotado de fe publica y corroborado con la firma de sus señores padres que avala el contenido del documento. Como usted ya no cuenta con la contancia de nacimiento que ampare que usted nace el 15 y no el 16 será su dicho contra un documento público. Por ello NO PODRÁ hacerlo pasar como un error mecanografico sino más bien por rectificacion al usar durante toda su vida una fecha distinta a la que figura en su acta y eso es RECTIFICACION DE ACTA.
Atentamente
Lic. Omar Ulloa
Juez u oficial del Registro Civil
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