- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 150592
- Autor : ABOMAU68
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 2423
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 265904
-
Fecha de respuesta: Viernes 11 de Mayo de 2012 20:23 2012-05-11 20:23 desde IP: 201.141.186.178
marela1001_NR
Si se puede embargar el inmueble que señalo el Fiador en el contrato de arrendamiento, pues este se señala como garantia en caso de que el arrendatario incumpla con el contrato.
Una vez interpuesta la demanda de CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO y admitida por el juez a tramite, el embargo de bienes ya sea al inquilino o a su fiador se realizara el mismo dia en que se les notifique la demanda.
Al dar contestacion a la demanda se pueden exhibir la llaves del inmueble para procurar evitar que se sigan generando rentas.
Una vez que le notifiquen la demanda debera usted asistirse de abogado de su confianza.
Saludos.
-
Autor





