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  • Consulta : 150289
  • Autor : mascaranegra
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    Respuesta No: 265730

  • mascaranegra
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    El delito como tal, esta prescrito.

    El medio indubitable, era pedirle que lo entregue por medio una jurisdicciòn voluntaria,  un juez le ordena al actuario que vaya a dar fe si tiene en posesiòn el bien y que se lo pida, si lo entrega se acaba pero si no lo hace, tienes prueba indubitable.

    Tu desjaste correr el termino de la presentaciòn d ela querella, un año.

    No hay parcialidad del Ministerio Publico, hay cumplimiento exspreso de la ley y tu delito no es continuado.

    Pierdes como todos, por el hecho de negarte a que un abogado huibiera hecho actos tan sencillos, tu desconociento de los proceso no esta sujeto a que seas apoyado por el ministrio publico, debes probar TU la existencia de esa conducta, el MP, npo investiga en este caso en particular, solo señala si hay elementos o no;  debiste en su moemtno y mas facil, denunciar un robo, hubiera procedido de ley y hubieran quitado el vehiculo  y entregado a quien tiene la factura, pero ya agotaste la paciencia del MP, si en este momento lo haces,  estarias falseando hechos y pererias tu tiempo, cualquier delito ya prescribio.