- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 150203
- Autor : ABOMAU68
- Consultas en Foro: 2
- Respuestas en Foro: 2423
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6726
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 265580
-
Fecha de respuesta: Miércoles 09 de Mayo de 2012 19:14 2012-05-09 19:14 desde IP: 201.141.186.178
jani1027_NR
Debe su señora madre asistirse de abogado de su confianza, para promover ante juzgado competente DILIGENCIAS DE JURISDICCION VOLUNTARIA, para acreditar el CONCUBINATO.
Hecho lo anterior, debera promover el juicio sucesorio, proporcionando el nombre y direcciones de las personas que tengan derecho a heredar (si estas existen) seguido que sea el juicio y una vez que le reconozca el Juez su carcater de concubina y se dicte la DECLARATORIA DE HEREDEROS estos podran nombrar de comun acuerdo y/o por mayoria un Albacea, sera este ultimo quien gestionara ante la Institucion Bancaria la entrega de la cantidad que por concepto de saldo existe en la cuenta.
Si no cuenta usted con recursos, acuda junto con su señora madre a la Defensoria de Oficio del Tribunal Superior de Justicia de su Estado a plantaer su situacion o bien investigue de la Exustencia de Despachos Juridicos que brinden asesoria y representacion legal gratuita en su Estado.
Saludos.
-
Autor





