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  • Consulta : 150087
  • Autor : ulloa88
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  • ulloa88
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Hola coincido plenamente pn Tango. Es un tramite DE ALARACION de acta ente el propio Registro civil . Poque aclaracion y no rectificacion administraiva o judicial? Porque parte de lo incorrecto a lo correcto. El codigo civil prohibe abreviaturas y si es MA. y quiere hacerlo a MARIA por ejemplo... Eliminara la abreviaura para dejarlo de manera correcta. Cosa distinta seria si su acta es MARIA y quiere Ma. Pues aqui es de lo correcto a la anreviatura y debara agotar el tramite administrativo si se contempla en su estado o el Judicial si no. Pero omo usted es el primer caso acuda al reg. Civil donde se encuentra asentada su acta y pida una aclaracion. Lic. Ulloa Juez u oficial de registro civil