- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 149783
- Autor : Roberto Gurbi
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 63
- Vox Populi:
Política: 0
Derecho:
Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5565
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 265190
-
Fecha de respuesta: Lunes 07 de Mayo de 2012 01:32 2012-05-07 01:32 desde IP: 189.133.239.67
Naturalmente el padre esta obligado a proporcionar alimentos a los hijos, si estos son reconocidos por aquel, el cual se puede comprobar con el acta de nacimiento. Como su hijo no esta reconocido por el padre biologico no se puede hacer nada, sin que previamente se lleve un juicio de paternidad en contra del padre biologico, reconocida la paternidad judicialmente, entonces, si este se negare a dar alimentos podra demandarlo, pero insisto, primeramente se tiene que llevar un juicio de paternidad.
Saludos cordiales
Lic. Roberto Gurbi
-
Autor





