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  • Consulta : 149677
  • Autor : DELGADO Y ASOCIADOS
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  • Autor
    Respuesta No: 374522

  • DELGADO Y ASOCIADOS
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes solo puede embargar a traves de un ordenamiento judicial no tiene facultades mayores mas que meramente administrativas y usted vio la orden de embargo los adeudos no son transferibles y si a caso embargan se interpone un incidente de terceria excluyente de dominio y el inquelino si no esta de acuerdo con el cobro debe interponer un recurso de inconformidad ante la cfe cualquier duda estoy a sus ordenes en el distrito federal 5536198407 Monica Delgado A.