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  • Consulta : 149605
  • Autor : Rosen
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  • Autor
    Respuesta No: 264961

  • Rosen
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Mi estimado consultante Sallemanufacturas:

    Mire, por los datos que proporciona, existen tres posibilidades respecto de la duda por la que acude usted a este Foro:

    1.- Cotizar 52 semanas ante un patrón para reactivar sus derechos.

    2.- Inscribirse ante el IMSS y HACIENDA como trabajador independiente sin tener que hacerlo con un patrón (por su edad de 67 años) y cotizar lo que le falta para acceder a su pensión (ARTS 13 y 222). Esto es en base solo en un salario mínimo.

    3.- Solicitar su pensión por la ley de 1997, y como no alcanzan sus recueros, deben de otorgarle una pensión mínima garantizada.

    SALUDOS Y MUCHA SUERTE