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  • Consulta : 149602
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 265706

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, de lo que entiendo de tu narración, se puede rentar o comprar la protesis y con base en ello la aseguradora determinara que desición tomar. No obstante, se deben leer las Condiciones Generales del Contrato para efectos de ver si es procedente alguna acción. En nuestra experiencia, algunas clausulas son nulas y en ese caso se debe demandar a la aseguradora, pues es bien sabido que la misma la mayoria de las veces, pretendera reducir los costos del siniestro. Si puedes replicar si no estas de acuerdo en lo que ofrece, pero debes atenerte a lo que dice en las Condiciones Generales o demandar.