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AutorRespuesta No: 264779
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Fecha de respuesta: Jueves 03 de Mayo de 2012 21:04 2012-05-03 21:04 desde IP: 187.138.60.240
Pues mire; la TEORÍA es que no la debe rentar; el contrato debe estipular la prohibición de rentarla y pudieran iniciarle un procedimiento de revocación de otorgamiento del crédito o bien, caer en el supuesto de la exigibilidad del total del crédito remanente; pero en la PRACTICA, no hay problema esto nunca pasa, y menos mientras esté al corriente en sus pagos.
saludos, pasela bien.
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