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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Mayo de 2012 21:06 2012-05-02 21:06 desde IP: 187.194.54.233
Experiencia, si ya sabes que no se necesita una escritura publica para hacer un juicio reivindicatorio, no se que haces aqui, ningun juez va a reivindicar un predio, sin una escritura ante el registro publico, ya que es medio sinequanon para la demostracion de la propiedad, y para demostrar la causa de la posesiòn.
Un contrato privado y en copia fotostatica, no tiene valor probatorio alguno, ni siquiera indiciatorio, es solo basura.
Esa es mucha experiencia para ti?
Eñl Dr Garovalo, ya nos amenazo con retirarse, despues de 35 años en la materia, deberias mostrar mas sapiencia y pedir eso, que te diga en que parte de la ley se pide, y si ya lo sabes. Que haces Aqui?
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