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AutorRespuesta No: 264443
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Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Mayo de 2012 14:38 2012-05-02 14:38 desde IP: 187.198.175.151
segun su codigo de familia de veracruz, 171 indica que cualquiera que sea la causal debe transcuyrrrir un año minimo para solicitar el divorcio con una excepcion de que se acredite la existencia de un riesgo para la dignidad o el libre desarrollo de la sexualidad del o de los conyuges.
en cuanto a la abogada, no puede hacer nada sino es delito el adulterio. quien la afecta principalmente es su esposo por que el tiene un compromiso de fidelidad por su matrimonio.
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