- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 149075
- Autor : 098nairda
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 193
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 264406
-
Fecha de respuesta: Miércoles 02 de Mayo de 2012 12:05 2012-05-02 12:05 desde IP: 187.168.10.105
BUEN DÍA.
La pensión alimenticia el juexz la dicta atendiendo a las necesidades de quien las necesita y de las posibilidades de quien las da, ahora bien, si le demandan la pensión y el divorcio habria que ver la causal de divorcio y el motivo por el que acredite la señora abandopno el domicilio conyugal, que también puede ser un motivo a su favor en cuanto a la pensión, por el abandono.
Si usted es trabajador de alguna empresa el juez podrá investigar cuanto gana mensualmente, y si no su esposa tendra que acreditar que la cantidad que solicita usted la puede pagar y que es la cantidad que ella requiere para sufragar sus gastos.
Ahora si usted llega a un acuerdo privado con su esposa le tendrá que exigir le firme la cantidad que esta recibiendo, el concepto y la fecha en que lo recibe, de otra forma ella podrá acudir a un juez y decir que nunca le ha dado pensión alimenticia.
PARA CUALQUIER DUDA O ACLARACIÓN, ME PONGO A SUS ORDENES.
ATENTAMENTE:
LIC. ISRAEL JUÁREZ.
E-Mail: israel-abogado ARROBA h o t m a i l . c o m y asesoria-juridico-legal ARROBA h o t m a i l . c om
CEL: 044 55 28 62 68 46.
-
Autor





